MINEDU – ORIENTACIONES PARA REALIZACIÓN DE VIAJES DE ESTUDIOS EN PERIODO LECTIVO 2023. ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN BÁSICA.

El Ministerio de Educación orienta la realización de viajes con participación de estudiantes acompañados por personal de la institución educativa mediante la norma técnica aprobada con la Resolución Viceministerial N° 271-2019-MINEDU. El objetivo principal es velar por la integridad física y psicológica de los participantes del viaje que se realice mediante cualquier medio de transporte.

La mencionada norma comprende tanto a las II. EE. públicas como privadas, siempre que el programa del viaje dure más de 24 horas, y se realice durante el período lectivo. El director de la institución educativa autoriza el viaje después de evaluar el expediente completo que debe presentar el responsable de la iniciativa como máximo 2 meses antes de la fecha prevista para la salida.

El director de la institución educativa evaluará el expediente en el plazo máximo de 45 días calendarios previos y comunicará la decisión de autorizar o no el viaje. Si autoriza el viaje  tiene que emitir una resolución y enviar una copia de todo lo actuado a la UGEL para la supervisión, en un plazo máximo de 7 días calendarios.

El/la responsable del viaje presenta su iniciativa y elabora el expediente, el cual debe contener, como mínimo:

  • Objetivos del viaje, alineados a lo establecido en los instrumentos de gestión de la I.E y en el CNEB.
  • Presupuesto y fuentes de financiamiento.
  • Programa del viaje que detalle el itinerario de actividades y los encargados de cada una de ellas.
  • Relación de participantes (estudiantes, docentes, padres y madres de familia, entre otros), con sus datos de identificación y autorizaciones notariales, de corresponder.
  • Cuando el viaje responda al desarrollo de competencias de aprendizaje, un Proyecto de Aprendizaje.
  • Documentos que acrediten la idoneidad del proveedor del servicio (empresa de transporte o agencia de viajes).

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