l año lectivo comprende horas lectivas, semanas lectivas y semanas de gestión.
Las labores escolares inician oficialmente el lunes 11 de marzo del 2024 y concluyen el día viernes 20 de diciembre del 2024; sin embargo, las DRE pueden determinar una fecha de inicio de clases distinta (antes o después de la fecha precisada) tomando en cuenta las condiciones climatológicas y sanitarias, siempre que se garantice el cumplimiento del número mínimo de horas lectivas anuales señaladas en la Tabla N° 1 del presente Lineamiento que se encuentra en la RM 587-2023.
En caso se establezca una fecha distinta a la propuesta, la DRE deberá comunicar formalmente al MINEDU de manera oportuna y técnicamente sustentada.
Los CEBA que desarrollan un solo periodo promocional presencial, semipresencial o a distancia, inician las labores escolares el 11 de marzo y culminan el 20 de diciembre del 2024. Para las formas de atención semipresencial y a distancia de dos (02) periodos promocionales en el año, el primer periodo promocional inicia el 04 de marzo y culmina el 19 de julio del 2024, el segundo periodo promocional inicia 05 de agosto y culmina el 20 de diciembre 2024.
En el caso de los COAR, la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y Alto Rendimiento (DEBEDSAR) determina la calendarización y la recalendarización del año lectivo, según las condiciones climatológicas y sanitarias u otro evento que afecte directamente el servicio educativo, siempre que se garantice el cumplimiento de las horas lectivas mínimas establecidas.
En el caso de los PRITE el servicio se brinda durante los 12 meses del año, en caso el servicio se encuentre disponible.