NORMATIVA

“Disposiciones para la prestación del servicio en las instituciones y programas educativos públicos y privados de la Educación Básica de los ámbitos urbanos y rurales, en el marco de la emergencia sanitaria de la COVID-19”

Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educacióntiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la políticaeducativa y formular los lineamientos generales Seguir Leyendo…