ATENCIÓN: El 24 de Junio es declarado como día NO LABORABLE para el sector público D.S. N° 033-2022-PCM

ATENCIÓN: El 24 de Junio es declarado como día NO LABORABLE para el sector público D.S. N° 033-2022-PCM

Estimados docente les informamos que, de acuerdo al D.S. N° 033-2022-PCM, coincidiendo con el Día del Campesino, el Gobierno declaró el viernes 24 de junio día no laborable para los trabajadores del sector público, según norma publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Es de esta forma que, de acuerdo a Decreto Supremo N° 033-2022-PCM, las horas dejadas de laborar durante el 24 junio serán compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Añade que los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante el día no laborable.

Cabe recalcar que, la norma aclara que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a este día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Por otro lado, las entidades y empresas privadas que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable , y los trabajadores respectivos que continuarán laborando, a fin de garantizar los servicios a la comunidad.

Días no laborables 

Además del viernes 24 de junio, el citado decreto supremo declaró, asimismo, días no laborables el pasado lunes 2 de mayo, así como el lunes 29 de agosto, el viernes 7 de octubre, el lunes 31 de octubre, el lunes 26 de diciembre y el viernes 30 de diciembre.

El objetivo de esta medida es que los días no laborables, sumados a los feriados ordinarios, crean fines de semana largos propicios para la práctica del turismo interno, instrumento dinamizador que permitirá seguir impulsando la reactivación económica de Perú.

Diferencias entre feriado y día no laborable 

Asimismo, es importante precisar que los feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en día no laborable se debe compensar luego esas horas.

Fuente: DIARIO OFICIAL ANDINA