Para culminar del año escolar 2020, se debe considerar la R.V.M. N° 133-2020- MINEDU “Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2020 en Instituciones y Programas Educativos de la Educación Básica”, que son de observancia directa y cumplimiento obligatorio por parte de las instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica, así como la R.V.M. N° 193-2020-MINEDU, “Orientaciones para la evaluación de competencias de estudiantes de la Educación Básica en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”.
La clausura del año escolar en las instituciones y programas educativos se realizará a partir del 22 de diciembre.
En Educación Inicial y primer grado de EBR y EBE la promoción es automática
Los directores de las instituciones educativas de Educación Básica, deberán tomar en cuenta lo siguiente
Para los estudiantes de Educación Inicial Ciclo I de la EBR no se colocan niveles de logro, se debe registrar un comentario del docente o la Profesora Coordinadora, sobre la base de la información que el padre, madre o cuidador brinda acerca del proceso de la niña o niño con relación a las competencias desarrolladas por los estudiantes, en este ciclo no se generan actas, sin embargo, se realizarán conclusiones descriptivas en relación con las competencias desarrolladas.
Para los estudiantes de Educación Inicial Ciclo II de la EBR a partir de los 3 años de edad se podrá registrar niveles de logro AD, A y B no se utiliza el nivel de logro C.
En EBE no se generan actas (CEBE- PRITE), tampoco se generan niveles de logro, se realizarán conclusiones descriptivas en relación con las competencias desarrolladas.
En el nivel Primaria solo se registran niveles de logro AD, A y B de las competencias desarrolladas. No se utiliza el nivel de logro C. En caso el estudiante muestre un progreso mínimo en una de las competencias desarrolladas, evidencias y dificultades, se considera que necesita mayor tiempo de acompañamiento, por lo tanto, el casillero quedará en blanco, para ser completado hasta julio del 2021.
En Educación Secundaria solo en los grados de 1° y 2° se registran niveles de logro AD, A y B; si el estudiante muestra dificultades en una de las competencias desarrolladas, no se utiliza el nivel de logro C, ya que este será completado durante el año lectivo 2021 hasta el mes de julio, para los grados de 3°y 4°; se utilizan calificativos superiores a 11, en caso que el estudiante no haya logrado sus competencias este casillero quedará en blanco, para ser completado hasta julio del 2021.
Al finalizar el año escolar las IIEE deben informar a los padres de familia, tutores y apoderados y/o estudiantes el cronograma de evaluación de recuperación y publicarlos en un lugar visible de la institución educativa y/o por medios virtuales.
Las UGEL deberán remitir el Informe de Gestión Escolar Anual 2020, en base a los informes de gestión anual de las instituciones y programas educativos, de acuerdo a las actividades realizadas, para remitirla a la DREC, hasta el 30 de enero del 2021.