Estimados profesores de la jurisdicción de la UGEL.05:
Que mediante D.S. N ° 004-2013-ED, numeral 32.1 señala: El Escalafón Magisterial es un registro administrativo de alcance nacional donde se documenta el récord o la trayectoria laboral y profesional del profesor al servicio del Estado, para facilitar sus procesos de evaluación, reconocimiento de méritos y beneficios.
En tal sentido se comunica lo siguiente:
Los profesores nombrados en el año lectivo 2024 de la jurisdicción de la UGEL 05, deberán presentar “Apertura de legajo personal” con su documentación teniendo en consideración el Anexo 01 adjunto, según corresponde, (contenido a cada sección de legajo personal) de la R.V.M. N ° 112-2023-MINEDU, la misma que se encuentra sujeta a fiscalización posterior en base a la LEY N ° 27444– LPAG, 1.16. Principio de privilegio de controles posteriores, debiendo presentarse clara y legible a través de mesa de partes virtual de la UGEL.05 a partir del 01 de febrero del 2024.
ANEXO 1
CONTENIDO DE CADA SECCION DEL LEGAJO PERSONAL
I. Filiación e identificación personal
a) Boleta de datos personales, que indica, además: teléfono, dirección actualizada y otros datos de sus familiares (cónyuge o conviviente, hijos y/o padres).
b) Copia simple del DNI o carné de extranjería del servidor.
c) Copia simple del Documento Nacional de Identidad del cónyuge o conviviente, hijos y o padres.
d) Copia simple de certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificados registrados de las Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud (IPRESS) públicas, privadas y mixtas a nivel nacional, o en su defecto, de la constancia de discapacidad, del carnet de inscripción o de la resolución de discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona
con Discapacidad (CONADIS).
e) Documento oficial que acredite ser miembro de las Fuerzas Armadas, de ser el caso.
f) Declaración Jurada simple que señale: que no cuenta con antecedentes penales, policiales y tener buen estado de salud.
g) Declaración Jurada de bienes y rentas (solo cuando asumen funciones de Funcionarios y/o Servidores que manejan fondos del Estado).
II. Situación académica (Formación)
a) Copia del título profesional pedagógico (registrado)
b) Copia del título de segunda especialidad en educación (registrado).
c) Copia de título profesional no pedagógico.
d) Copia del duplicado de título y/o grado (registrado)
e) Copia del título de profesional técnico.
f) Copia de los grados de maestría o doctorado (registrado)
g) Copia del grado académico: bachiller u otro de igual naturaleza
h) Copia de constancias o certificados por acciones formativas de especialización, actualización, mejora continua, inducción o capacitación.
i) Producción intelectual de acuerdo con la normativa expresa (registro en INDECOPI o depósito legal en la Biblioteca Nacional)
j) Producción intelectual de documentos que acrediten haber desarrollado ideas, procesos, estrategias para un cambio en las prácticas educativas (innovaciones educativas).
III. Ingreso o reingreso
a) Resolución de nombramiento.
b) Resolución de reingreso.
c) Resolución de contrato por cada modalidad.
d) Resolución de reconocimiento para efectos de pago.
IV. Trayectoria laboral
a) Resolución de ubicación en escala magisterial (CPM – LRM)
b) Resolución de designación (acceso a cargos de mayor responsabilidad de las áreas de gestión pedagógica e institucional), así como, de ratificación o retorno.
c) Resolución de encargatura, así como de ratificación.