La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es un beneficio laboral que otorga el empleador al trabajador que se encuentra en planilla y tiene como finalidad proteger al trabajador al momento en que su relación laboral con el empleador finaliza.
Este beneficio laboral es depositado dos veces al año: en mayo y noviembre. Eso quiere decir que el próximo pago de CTS se debe pagar en la quincena de este mes. Cabe señala que el monto de la CTS a depositar varía según el régimen laboral de la empresa, que puede ser micro, pequeña, mediana y gran empresa.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que se otorga a los trabajadores dependientes de las empresas privadas y públicas, incluyendo a los docentes. Tiene como finalidad otorgarles una protección económica en caso de desempleo, incapacidad temporal o permanente, jubilación o fallecimiento.
En el caso de los docentes, la CTS se calcula sobre la base de la remuneración total que perciban, incluyendo el sueldo básico, las bonificaciones y asignaciones. El monto a pagar se deposita en dos armadas, una en mayo y otra en noviembre de cada año
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Fuente: Docentes Perú