El alumnado que forma parte de la Educación Básica (EB) impartida por docentes del Perú, próximamente recibirá clases sobre 4 cursos nuevos que acaban de ser declarados de interés nacional. Bajo la promulgación de una ley parlamentaria, el Gobierno anunció la incorporación de inéditos contenidos en el Currículo Nacional, y su implementación a cargo del Ministerio de Educación (Minedu). Entérate de cuáles se trata, porqué se dispuso y a partir de cuándo aplicará la enseñanza de estas asignaturas en centros educativos.
¿CUÁLES SON LOS 4 CURSOS QUE SERÁN INCLUIDOS POR EL MINEDU EN EL CURRÍCULO NACIONAL DE LA EB?
Los colegios del Perú, tanto privados como públicos, se rigen bajo el documento marco de la política educativa de la educación básica que define qué debe aprender el alumnado de primaria y secundaria durante su etapa escolar, y próximamente dicho Currículo Nacional normado por el Minedu, ampliará su contenido curricular para brindar enseñanza en 4 nuevas asignaturas.
Según lo estipulado en el único artículo de la normativa que dispone la incorporación de las 4 asignaturas en colegios privados y estatales ubicados a nivel nacional, la declaratoria destaca por ser de interés nacional, y necesaria para el fortalecimiento del desarrollo de las capacidades con el objetivo de que cada alumno afronte lo mejor posible el ámbito laboral.
¿POR QUÉ EL CONGRESO APROBÓ POR UNANIMIDAD EL DICTAMEN DEL PROYECTO DE LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA INCORPORACIÓN DE LOS 4 CURSOS NUEVOS EN EL CURRÍCULO NACIONAL?
El 14 de setiembre de 2023, el Pleno del Congreso aprobó por unanimidad el dictamen del proyecto de ley que declara de interés nacional la incorporación de contenidos curriculares de estudio sobre educación financiera y tributaria, contabilidad, economía y derechos del consumidor en el Currículo Nacional de la EB, y casi un mes después fue promulgado con la venia del Gobierno.
De acuerdo a lo contemplado en la Ley 31900, la propuesta parlamentaria está orientada a “fortalecer el desarrollo de las capacidades y habilidades del estudiante para el ámbito laboral que le permita afrontar los incesantes cambios en la sociedad y adquirir conocimientos, superar la pobreza e impulsar el desarrollo del país”, y asimismo a garantizar y reforzar el conocimiento de los docentes en educación financiera y afines.
Cabe resaltar, que la disposición complementaria final menciona al Minedu como el principal ejecutor de la medida a fin de que establezca “los procedimientos para la implementación de los referidos contenidos curriculares en todos los niveles del Currículo Nacional de la Educación Básica en las instituciones educativas del país”
LEY 31900: ¿CUÁNDO ENTRARÍA EN VIGOR LA INCORPORACIÓN DE EDUCACIÓN FINANCIERA Y TRIBUTARIA, CONTABILIDAD, ECONOMÍA Y OTROS CURSOS POR PARTE DEL MINEDU EN EL CURRÍCULO NACIONAL?
La ejecución de la disposición complementaria final contemplada en la Ley 31900, a partir de ahora dependerá única y exclusivamente del Minedu conforme a sus atribuciones y competencias Si bien la normativa propuesta por legisladores como Flavio Cruz Mamani, Rosselli Amuruz Dulanto, y Juan Burgos Oliveros, entre otros, dispone y autoriza la incorporación de las 4 nuevas materias en el Currículo Nacional vigente, todavía falta que la entidad liderada por Miriam Ponce, determine el método y la forma en la cual todos los cursos nuevos serán añadidos a la malla curricular para que estudiantes de primaria y secundaria empiecen a recibir las novedosas lecciones académicas.
FUENTE: Comercio