Estimados docentes compartimos la información del Ascenso de Escala 2021-2022 Etapa Descentralizada y Fase Excepcional
Etapa descentralizada
Participan solo aquellos postulantes que superaron el puntaje mínimo requerido de la Prueba Única Nacional para la escala a la que se postula. En esta etapa, el Comité de Evaluación, valora la trayectoria profesional del postulante y verifica el cumplimiento de requisitos, y si corresponde, el derecho a recibir la bonificación por discapacidad.
¿QUÉ DOCUMENTOS SON VALIDOS PARA ESTA ETAPA?
Para esta valoración, el Comité de Evaluación, revisa:
• El informe escalafonario del postulante (el cual solicita al Área de Escalafón de la UGEL o DRE)
• La declaración jurada virtual (llenada por los postulantes en su inscripción a través del aplicativo dispuesto por el Minedu)
Fase excepcional
Adicionalmente a las dos etapas mencionadas, se considera una Fase excepcional luego de la Etapa descentralizada, en caso quedasen plazas vacantes de ascenso sin asignar. El Minedu asigna dichas plazas a los postulantes que no alcanzaron vacante, en orden de mérito a nivel nacional según el puntaje final, sin considerar el grupo de inscripción, ni escala magisterial, ni grupo de competencia y considerando el límite presupuestal.
• Es una fase que se activa luego de la Etapa Descentralizada, solo si después de la asignación de plazas quedasen plazas vacantes de ascenso sin asignar a nivel nacional.
• El Minedu asignará dichas plazas, en orden de mérito a nivel nacional, según el puntaje final, sin considerar el
grupo de inscripción ni escala magisterial, ni grupo de competencia, hasta el límite presupuestal de las mismas, siempre que hubieran superado la puntuación mínima requerida en la Etapa Nacional y que cumplan con los requisitos ante el Comité de Evaluación.
En caso de existir empates, se aplicarán los siguientes criterios de desempate:
a) Mayor puntaje en la PUN.
b) Mayor puntaje en el rubro “Formación Académica y Profesional” de la Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional señalada en el Cuadro N° 3 del Anexo I.
c) Mayor puntaje en el rubro “Experiencia Profesional” de la Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional señalada en el Cuadro N° 3 del Anexo I.
d) Mayor puntaje en el criterio 1.1 del rubro Estudios de Posgrado de la “Formación Académica y Profesional” de la Matriz de Valoración de la Trayectoria Profesional, señalada en el Cuadro N° 3 del Anexo I.
•De persistir el empate, y no existir más plazas vacantes disponibles en la misma escala magisterial, se considera como criterio de desempate adicional el tiempo de servicios oficiales del postulante desde su nombramiento.