A poco tiempo de culminar el año escolar 2021, está totalmente prohibidos la organización de viajes de excursión, fiestas de promoción u otras actividades no pedagógicas que se pudieran planificar y ejecutar al interior o exterior de las instituciones educativas.
Los infractores podrían ser denunciados penalmente por delitos de “propagación de enfermedad peligrosa o contagiosa para la salud de las personas” tal como establece el artículo 289° del Código Penal.
En ese sentido, bajo responsabilidad administrativa y funcional, las Ugel deben garantizar el cumplimiento de la referida prohibición.
Los directores de las UGEL, son responsables de difundir, implementar y supervisar a los planteles y programas educativos respecto al cumplimiento del Decreto Supremo N° -2021-SA y el DS N° 167-2021-PCM