Excepcionalmente podrán inscribirse con títulos otorgados por las Universidades, Institutos y Escuelas de Educación Superior emitidos hasta el último día del plazo de inscripción al concurso; asimismo, el registro de títulos
en el Minedu, Sunedu, DRE o la que haga sus veces, solo podrán considerarse hasta antes de la emisión de la resolución de nombramiento, de acuerdo a lo establecido en el cronograma.
Se debe cumplir con los requisitos señalados en el formato de Declaración Jurada detallada, desde la fecha de inicio del período de inscripción de postulantes hasta antes de la emisión de la resolución de nombramiento.
En caso las UGEL o DRE según corresponda, verifiquen con posterioridad a la etapa de revisión de requisitos, que algún postulante que figura como ganador del concurso, no cumple con los requisitos previstos en el presente Documento Normativo, procederá a notificar por escrito, a dicho postulante, con copia a DIGEDD, que no se emitirá la resolución de nombramiento. La notificación debe realizarse dentro del plazo establecido para la emisión de resoluciones.
El título o títulos, experiencia u otros requisitos que requiera el grupo de inscripción elegido por el postulante, no otorga puntaje en la evaluación que realiza el Comité de Evaluación del instrumento Valoración de la Trayectoria Profesional.
Consideraciones generales sobre los requisitos