Según la norma para la Reasignación y Permuta de los Profesores 2021. [RVM N° 212-2021-MINEDU]:
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el literal f) del numeral 4.2, los numerales 6.1.1 y 6.1.3, los literales a) y g) del numeral 6.1.5, los numerales 6.2.1 y 6.2.3, el literal b) del numeral 6.2.5, los literales c) y d) del numeral 7.1.3, el literal a) del numeral 7.2.3, el numeral 7.3.1, los literales a) y d) del numeral 7.3.2, los literales b) y c) del numeral 7.3.3.2, los literales a) y b) del numeral 7.3.3.4, los numerales 7.3.3.5, 8.1.2, 8.1.5, 8.2.1, 9, 11.4, 12.13, así como los Anexos 01, 03, 04 y 06 de la norma técnica denominada “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al anexo de la presente resolución.
Artículo 2.- Incorporar los literales g), h), i) y j) al numeral 4.2, el literal q) al numeral 6.1.5 y los numerales 12.20, 12.21 y 12.22 a la norma técnica denominada “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N°29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, conforme al tenor señalado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Derogar el numeral 6.1.2 y el literal h) del numeral 6.1.5 de la norma técnica denominada “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
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