El Ministerio de Educación (Minedu) publicó las orientaciones para la prestación gradual, voluntaria, flexible y segura de los servicios educativos a distancia, semipresencial y presencial en las instituciones públicas y privadas
El retorno semipresencial y presencial a las instituciones educativas debe considerar de manera concurrente tres condiciones básicas: de contexto, de bioseguridad y sociales.
El retorno debe ser seguro, es decir, que garantice un conjunto de medidas sanitarias, epidemiológicas y protocolos de prevención de bioseguridad, y flexible, que permita adaptarse a los cambios tomando en cuenta las consideraciones pedagógicas, socioemocionales, de gestión escolar y los tipos de servicio.
Las familias decidirán el tipo de servicio (a distancia, semipresencial o presencial) que recibirán sus hijos en coordinación con la institución educativa.
Las escuelas que cumplan las tres condiciones se consideran aptas para el servicio con algún grado de presencialidad. En caso de que no se cumplan estas condiciones, los colegios ofrecerán el servicio educativo a distancia.
El plan comprende las medidas para el acondicionamiento del local educativo, como el aforo y uso de ambientes, el mantenimiento del local, la limpieza y desinfección, ventilación, la organización del mobiliario, los puntos de lavado y desinfección, las funciones del personal, entre otras.
Asimismo, la norma contiene un conjunto de consideraciones socioemocionales, pedagógicas y de gestión en las escuelas. En todos los tipos de prestación de servicio, el soporte socioemocional debe ser considerado un pilar de la atención educativa para favorecer el bienestar y el desarrollo de los aprendizajes.
Fuente : Ministerio de Educación